La Peau con el fin de garantizar el derecho al habeas data y las normas que lo desarrollan establece la presente Política de Protección de Datos personales. Esta política tiene por objeto establecer los criterios que se deben tener en cuenta al momento de la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los datos de las personas naturales, con el fin de protegerlos mediante mecanismos y herramientas que garanticen la autenticidad, confidencialidad e integridad de la información de los usuarios de la Peau. • Constitución Política de Colombia. La Peau con Nit 901389730-7 El tratamiento que realiza La Peau incluye la recolección, almacenamiento, uso y circulación de datos privados y semiprivados, mediando la previa autorización del titular. En principio y por regla general, en el tratamiento de datos personales se requiere la autorización previa del titular, la cual podrá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior. ▪ Principio de Legalidad en materia de Tratamiento de datos. ▪ Principio de Finalidad. ▪ Principio de Libertad. ▪ Principio de Veracidad o Calidad. ▪ Principio de Transparencia. ▪ Principio de Acceso y Circulación Restringida. ▪ Principio de Seguridad. ▪ Principio de Confidencialidad. Medio para atención de consultas y ejercicio de los derechos de los titulares El titular, o quien legalmente actúe en su nombre, podrá ejercer los derechos y consultar los datos por medio de comunicación escrita dirigida al correo electrónico contacto@lapeau.com.co. La consulta o solicitud será atendida por La Peau en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. La presente Política entra en vigencia a partir del 01 de noviembre de 2019 fecha para la cual se publicará en la página web de La Peau.
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Objeto de la política de este tratamiento de datos
Normatividad
• Ley 1266 de 2008.
• Ley 1581 de 2012.Responsable Del Tratamiento
Tratamiento, Datos y Finalidad
Derechos de los Titulares
Autorización del titular de los datos
Principios rectores
El Tratamiento de datos es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la ley y en las demás disposiciones que la desarrollen.
El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular.
El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones Constitucionales y legales, y en este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y por las personas previstas en la Ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la citada Ley.
La información sujeta a Tratamiento por el responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la Ley se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, y evitar su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley y en los términos de la misma.Vigencia
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